Radiografía del bienestar en tu organización
La reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

Radiografía del bienestar en tu organización

El anteproyecto de reforma de la Ley de PRL prevé reconocer, por primera vez de forma expresa en su texto, la salud mental y los riesgos psicosociales en el trabajo. Esta herramienta te muestra, en unos minutos, dónde está tu organización y por dónde empezar.

Aviso importante. Este cuestionario y el informe resultante tienen una finalidad exclusivamente informativa y orientativa. Se elaboran a partir de las respuestas facilitadas por el área de Recursos Humanos y no constituyen una evaluación de riesgos laborales o psicosociales conforme a la normativa de prevención de riesgos laborales, ni un diagnóstico médico o psicológico, ni asesoramiento técnico, sanitario o preventivo.

Sus resultados no permiten identificar, calificar ni acreditar la existencia o el nivel de riesgos psicosociales en la organización y no sustituyen la evaluación obligatoria que, en su caso, deberá realizarse por profesionales competentes y mediante metodologías adecuadas, en coordinación con el servicio de prevención de la empresa.

La información obtenida puede servir únicamente como punto de partida para reflexionar sobre posibles áreas de mejora y valorar medidas de apoyo. Los servicios de Aurela tienen carácter complementario y se orientan a la promoción del bienestar y, cuando proceda, a la intervención psicológica asistencial, sin sustituir las obligaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales.

Descubrirás las fortalezas y oportunidades de mejora de tu organización en materia de bienestar y entorno psicosocial.

Tus respuestas son 100% confidenciales y no se comparten con terceros.

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Impacto económico estimado

Estimación anual asociada a rotación y absentismo, a partir de los datos que nos has facilitado.

Coste estimado de la rotación
Coste estimado del absentismo
Impacto económico anual estimado (orientativo)

Tu organización en contexto

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Seleccionados según tus áreas con más recorrido.

En Aurela, cada webinar lo diseña y presenta un profesional especializado en la materia, adaptado a tu equipo y no a un contenido genérico.

Información relevante sobre lo que cambia con la reforma de la Ley de PRL

La reforma de la Ley 31/1995 (anteproyecto aprobado el 28 de abril de 2026, con entrada en vigor prevista para enero de 2027 y pendiente de tramitación parlamentaria) prevé reconocer, por primera vez de forma expresa en su texto, la salud mental y los riesgos psicosociales, que tendrán un reglamento específico sobre entornos saludables y prevención de la conducta suicida. Aurela no realiza la evaluación de riesgos psicosociales; somos la capa de intervención clínica que actúa sobre sus resultados, con psicólogos colegiados.

Próximos pasos recomendados

    Resumen de tus respuestas

    Detalle de las preguntas y la respuesta seleccionada por tu organización.

    Descarga tu informe

    Guarda o comparte el resultado de tu análisis en un documento.

    Información importante sobre los resultados. Este informe tiene una finalidad exclusivamente informativa y orientativa. Se elabora a partir de las respuestas facilitadas por el área de Recursos Humanos sobre la organización y no recoge ni evalúa información clínica individual de las personas trabajadoras.

    Los resultados no constituyen un diagnóstico médico o psicológico, un cribado clínico, una evaluación de riesgos laborales o psicosociales conforme a la normativa de prevención de riesgos laborales, ni asesoramiento técnico, preventivo o sanitario. Tampoco permiten determinar o acreditar la existencia ni el nivel de riesgo psicosocial de la organización.

    Este informe no sustituye la evaluación de riesgos psicosociales que debe realizar la empresa, cuando corresponda, a través de su servicio de prevención y mediante profesionales competentes y metodologías adecuadas. Su finalidad es únicamente ofrecer una aproximación inicial que ayude a identificar fortalezas, áreas de atención y posibles oportunidades de mejora en materia de bienestar organizacional.

    Las estimaciones económicas incluidas son aproximaciones obtenidas mediante supuestos generales y datos públicos sobre absentismo laboral. No representan costes reales ni necesariamente atribuibles a la organización analizada, ni constituyen predicciones sobre su evolución futura. Los resultados pueden variar en función del sector, la plantilla, la estructura salarial, las características de la organización y la metodología empleada.

    Los servicios de Aurela tienen carácter complementario y están orientados a la promoción del bienestar y, cuando proceda, a la atención psicológica asistencial. No sustituyen las obligaciones de la empresa ni las funciones de su servicio de prevención en materia de prevención de riesgos laborales.

    Fuentes, metodología y contexto regulatorio

    Fuentes y metodología. Las estimaciones de absentismo se basan en la tasa de absentismo laboral anual en España, que alcanzó el 7,68% en 2025, según el XV Informe Adecco sobre Empresa Saludable y Gestión del Absentismo (indicador adelantado), The Adecco Group Institute, 2026 (consultado el 3 de septiembre de 2026, disponible en adeccoinstitute.es). Las estimaciones de rotación toman como referencia una tasa media de rotación del 17% anual en España, según el Informe de rotación laboral 2022 de Randstad Research (consultado el 3 de septiembre de 2026, disponible en randstadresearch.es). El coste de sustitución de un empleado se calcula sobre un supuesto del 50% de su salario anual, dentro del rango habitual del 50%-200% citado en benchmarks internacionales del sector de RRHH; no existe, a la fecha de esta consulta, una fuente española primaria y de acceso público con una cifra equivalente específica para España. Se trata de una estimación orientativa, no de una medición individualizada del coste real soportado por la organización.

    Contexto regulatorio. El 28 de abril de 2026, el Consejo de Ministros abordó el anteproyecto de reforma de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, que contempla un mayor reconocimiento expreso de los riesgos psicosociales, con entrada en vigor prevista para enero de 2027 y pendiente de tramitación parlamentaria. Al tratarse de un anteproyecto, su contenido no constituye normativa vigente y puede experimentar modificaciones durante su tramitación.

    La normativa vigente que fundamenta hoy la obligación de evaluación es la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en particular su artículo 16, junto con el Real Decreto 39/1997.